Anatel aprobó la alteración del derecho de exploración para la operación en Brasil del sistema no geoestacionario Starlink, ampliando el número de satélites y bandas de frecuencia autorizados, manteniendo el período de validez original hasta 2027.

Además del cambio, la decisión emite una alerta regulatoria para destacar la actualización continua del marco regulatorio vigente, especialmente ante los riesgos identificados en las áreas de competencia, sostenibilidad espacial y soberanía digital, que no están contemplados en la normativa vigente.

Según el ponente, el concejal Alexandre Freire, el “objetivo es preservar la coherencia, la previsibilidad y la legitimidad de las deliberaciones administrativas, garantizando al mismo tiempo la transparencia en el diálogo con el sector regulado y la sociedad en general”.

El ponente añade que “si bien hemos concedido por unanimidad la solicitud de cambio del derecho de exploración satelital de Starlink para ampliar el número de satélites y bandas de frecuencia autorizadas, así como actualizar las redes asociadas, este caso me ha dejado claras las limitaciones de la normativa actual para ofrecer respuestas adecuadas a las complejas cuestiones que surgen en este escenario”.

Con la decisión, Starlink podrá sumar 7.500 nuevos satélites para operar en Brasil. El actual Derecho de Exploración fue otorgado mediante la Ley N° 2.174, de 7 de febrero de 2022 (SEI N° 8010048), el cual abarca 4.408 satélites.

Emisión de Alerta Regulatoria

La alerta regulatoria constituye una técnica de toma de decisión adoptada por la autoridad competente para señalar, de manera preventiva, la necesidad de una reevaluación regulatoria ante transformaciones relevantes en el sector regulado. Su objetivo es identificar los riesgos o deficiencias derivados de las innovaciones tecnológicas y la dinámica del mercado, con el fin de preservar la seguridad jurídica, la confianza legítima, la competitividad y la sostenibilidad del entorno regulatorio.

Se trata de una práctica que Freire ya ha incorporado al trabajo de este organismo regulador, con aplicación concreta en al menos dos ocasiones recientes. En ambos casos —plasmados en los autos núms. 53500.109649/2023-15 (Solicitud de nulidad con suspensión cautelar del contenido íntegro y/o disposiciones contenidas en reglamentos) y núm. 53500.057799/2021-74 (Revisión de la Normativa de Ciberseguridad Aplicada al Sector de las Telecomunicaciones), el Consejo de Administración consideró oportuno utilizar la técnica para comunicar al sector regulado y a la sociedad la necesidad de reevaluar los entendimientos consolidados, cuyo mantenimiento ya no era compatible con la realidad regulatoria contemporánea.

Artículo anteriorHenoch Aguiar y la venta de Telefónica
Artículo siguienteCórdoba disuelve su Agencia de Conectividad y brindará servicios de internet desde la EPEC